PRINCIPIOS DE LIBERTAD E IGUALDAD EN EL CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL
LIBRO SEGUNDO - RELACIONES DE FAMILIA
TITULO I Matrimonio
CAPÍTULO 1 Principios de libertad y de igualdad
ARTICULO 401.- Esponsales. Este Código no reconoce esponsales de futuro. No hay acción para exigir el cumplimiento de la promesa de matrimonio ni para reclamar los daños y perjuicios causados por la ruptura, sin perjuicio de la aplicación de las reglas del enriquecimiento sin causa, o de la restitución de las donaciones, si así correspondiera.
ARTICULO 402.- Interpretación y aplicación de las normas. Ninguna norma puede ser interpretada ni aplicada en el sentido de limitar, restringir, excluir o suprimir la igualdad de derechos y obligaciones de los integrantes del matrimonio, y los efectos que éste produce, sea constituido por dos personas de distinto o igual sexo.
FUNDAMENTOS DEL ANTEPROYECTO DE CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACIÓN.
Matrimonio.
La igualdad es un principio constitucional que campea el régimen jurídico matrimonial y su ruptura.
El Título da inicio aludiendo a él como eje rector de las normas y de su interpretación.
En este sentido, se veda toda discriminación en razón de la orientación sexual de sus integrantes (como surge de la ley 26.618) y del género (como lo dispone la Convención para la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, artículo 75, inciso 22).
El avance de la autonomía de la voluntad en el derecho de familia no es ajeno al ámbito del derecho matrimonial.
Precisamente, ha sido en este campo en el cual la jurisprudencia y doctrina nacional y comparada muestra un desarrollo exponencial del principio previsto en el artículo 19 de la Constitución Nacional; prueba de ello son diversas sentencias que declaran la inconstitucionalidad de algunos artículos del Código Civil por atacar el principio de libertad de los cónyuges en la construcción, vida y ruptura matrimonial.
El Anteproyecto amplía la aptitud de decisión de los integrantes del matrimonio.
La mirada rígida sobre las relaciones humanas familiares, bajo la excusa de considerar todo de orden público, contraría la noción de pluralismo que pregona la doctrina internacional de los derechos humanos.
En efecto, existe un derecho a la vida familiar y, consecuentemente, la injerencia estatal tiene límites.
Por eso, se introducen modificaciones de diversa índole a los fines de lograr un mejor y mayor equilibrio en la clásica tensión entre autonomía de la voluntad y orden público, especialmente, al momento de la ruptura, de modo que la conclusión pueda realizarse en términos pacíficos, mediante la ayuda de la interdisciplina, la mediación, la especialidad, entre otras, que han colaborado a que las personas entiendan que un buen divorcio contribuye a la paz familiar y social.
PREGUNTAS SOBRE EL PRINCIPIO DE LIBERTAD E IGUALDAD EN EL MATRIMONIO
¿Qué reconocimiento otorga el Código a los esponsales de futuro?
a) Los reconoce como un contrato válido.
b) No los reconoce como un contrato válido.
c) Los reconoce como un contrato válido, pero con ciertas limitaciones.
¿Qué acción legal se puede tomar en caso de ruptura de una promesa de matrimonio?
a) Se puede exigir el cumplimiento de la promesa.
b) Se puede reclamar daños y perjuicios.
c) No hay acción legal para exigir el cumplimiento ni para reclamar daños y perjuicios.
¿Qué reglas se aplican en caso de enriquecimiento sin causa o restitución de donaciones en el contexto de los esponsales de futuro?
a) No se aplican reglas específicas en este contexto.
b) Se aplican las reglas generales del derecho civil.
c) Se aplican las reglas específicas del Código, si corresponden.
¿Qué tipo de promesa de matrimonio no reconoce el Código?
a) Las promesas de matrimonio ya celebradas.
b) Las promesas de matrimonio futuras.
c) El Código reconoce todo tipo de promesa de matrimonio.
¿Qué consecuencia tiene la falta de reconocimiento de los esponsales de futuro por parte del Código?
a) Las promesas de matrimonio de futuro son inválidas.
b) Las promesas de matrimonio de futuro son válidas, pero no se pueden exigir legalmente.
c) Las promesas de matrimonio de futuro son válidas y se pueden exigir legalmente en ciertos casos específicos.
¿Qué garantiza el artículo en cuanto a los derechos y obligaciones de los integrantes del matrimonio?
a) La igualdad de derechos y obligaciones de los integrantes del matrimonio, independientemente de su sexo o género.
b) La exclusión de ciertos derechos y obligaciones para los integrantes del matrimonio del mismo sexo.
c) La priorización de los derechos de los integrantes del matrimonio de distinto sexo sobre los de los integrantes del matrimonio del mismo sexo.
¿Qué efectos del matrimonio deben ser producidos de manera equitativa y sin discriminación?
a) Solo los efectos patrimoniales.
b) Todos los efectos del matrimonio.
c) Ningún efecto del matrimonio, ya que el matrimonio no debe producir efectos discriminatorios.
¿Qué consecuencias tiene la interpretación y aplicación de las normas que limiten, restrinjan, excluyan o supriman la igualdad de derechos y obligaciones de los integrantes del matrimonio?
a) Son consecuencias legales graves para los integrantes del matrimonio afectados.
b) No hay consecuencias legales, pero pueden haber consecuencias sociales y culturales negativas.
c) Las normas que tengan este tipo de interpretación o aplicación son inválidas.
¿Qué tipos de matrimonios están protegidos por CCyC?
a) Solo los matrimonios entre personas del mismo sexo.
b) Solo los matrimonios entre personas de distinto sexo.
c) Todos los matrimonios, independientemente del sexo o género de los integrantes.
¿Cuál es el propósito principal del capítulo?
a) Garantizar la igualdad de derechos y obligaciones de los integrantes del matrimonio, independientemente de su sexo o género.
b) Limitar o restringir ciertos derechos y obligaciones de los integrantes del matrimonio.
c) Excluir a ciertos grupos de personas del matrimonio.
PREGUNTAS ABIERTAS
¿Qué son los esponsales de futuro?
¿Qué acciones existen para exigir el cumplimiento de la promesa de matrimonio?
¿Qué ocurre con los regalos o donaciones de los novios por causa o razón del matrimonio?
¿Cómo se interpretan o aplican las normas del matrimonio?
¿Qué son los principios de libertad e igualdad en el matrimonio?
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