LA LESIÓN EN CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL
LIBRO PRIMERO - PARTE GENERAL
TÍTULO IV. Hechos y actos jurídicos
CAPITULO 6. Vicios de los actos jurídicos
SECCION 1ª. Lesión
ARTICULO 332.- Lesión. Puede demandarse la nulidad o la modificación de los actos jurídicos cuando una de las partes explotando la necesidad, debilidad síquica o inexperiencia de la otra, obtuviera por medio de ellos una ventaja patrimonial evidentemente desproporcionada y sin justificación.
Se presume, excepto prueba en contrario, que existe tal explotación en caso de notable desproporción de las prestaciones.
Los cálculos deben hacerse según valores al tiempo del acto y la desproporción debe subsistir en el momento de la demanda.
El afectado tiene opción para demandar la nulidad o un reajuste equitativo del convenio, pero la primera de estas acciones se debe transformar en acción de reajuste si éste es ofrecido por el demandado al contestar la demanda.
Sólo el lesionado o sus herederos pueden ejercer la acción.
FUNDAMENTOS DEL ANTEPROYECTO DE CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACIÓN.
Capítulo 6. Vicios de los actos jurídicos.
Referido a la normativa de la lesión, se mantiene el texto del artículo 954 del Código Civil con algunas modificaciones que incorporan la interpretación doctrinal y jurisprudencial.
PREGUNTAS SOBRE LA LESIÓN
¿Qué acciones pueden ser tomadas si una de las partes obtiene una ventaja patrimonial evidentemente desproporcionada y sin justificación en un acto jurídico?
a) Demanda de nulidad
b) Demanda de modificación
c) Ambas opciones
d) Ninguna de las anteriores
¿Qué se presume en caso de una notable desproporción de las prestaciones en un acto jurídico?
a) Que hubo explotación de la necesidad, debilidad síquica o inexperiencia de una de las partes
b) Que ambas partes estuvieron de acuerdo con las prestaciones
c) Que el acto jurídico es válido
d) Que se debe hacer un reajuste equitativo del convenio
¿Cómo se deben hacer los cálculos para determinar si existe una desproporción en las prestaciones en un acto jurídico?
a) Según los valores en el momento de la demanda
b) Según los valores en el momento del acto
c) Según los valores en el momento en que se descubrió la desproporción
d) Ninguna de las anteriores
¿Quiénes pueden ejercer la acción de nulidad o modificación de un acto jurídico por lesión?
a) Solo el demandado
b) Solo el demandante
c) Ambas partes
d) El lesionado o sus herederos
¿Qué debe ofrecer el demandado al contestar la demanda si el demandante ejerce la acción de nulidad en un acto jurídico por lesión?
a) Un acuerdo monetario para resolver la desproporción
b) Un reajuste equitativo del convenio
c) La aceptación de la demanda de nulidad
d) Ninguna de las anteriores
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