miércoles, 9 de octubre de 2024

Bienes en relación a las personas

BIENES EN RELACIÓN A LAS PERSONAS EN EL CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL

LIBRO PRIMERO - PARTE GENERAL

TÍTULO III. Bienes

CAPÍTULO 1. Bienes con relación a las personas y los derechos de incidencia colectiva

SECCIÓN 2. Bienes con relación a las personas.

 ARTICULO 235.- Bienes pertenecientes al dominio público. Son bienes pertenecientes al dominio público, excepto lo dispuesto por leyes especiales:

a) el mar territorial hasta la distancia que determinen los tratados internacionales y la legislación especial, sin perjuicio del poder jurisdiccional sobre la zona contigua, la zona económica exclusiva y la plataforma continental. Se entiende por mar territorial el agua, el lecho y el subsuelo;

b) las aguas interiores, bahías, golfos, ensenadas, puertos, ancladeros y las playas marítimas; se entiende por playas marítimas la porción de tierra que las mareas bañan y desocupan durante las más altas y más bajas mareas normales, y su continuación hasta la distancia que corresponda de conformidad con la legislación especial de orden nacional o local aplicable en cada caso;

c) los ríos, estuarios, arroyos y demás aguas que corren por cauces naturales, los lagos y lagunas navegables, los glaciares y el ambiente periglacial y toda otra agua que tenga o adquiera la aptitud de satisfacer usos de interés general, comprendiéndose las aguas subterráneas, sin perjuicio del ejercicio regular del derecho del propietario del fundo de extraer las aguas subterráneas en la medida de su interés y con sujeción a las disposiciones locales. Se entiende por río el agua, las playas y el lecho por donde corre, delimitado por la línea de ribera que fija el promedio de las máximas crecidas ordinarias. Por lago o laguna se entiende el agua, sus playas y su lecho, respectivamente, delimitado de la misma manera que los ríos;

d) las islas formadas o que se formen en el mar territorial, la zona económica exclusiva, la plataforma continental o en toda clase de ríos, estuarios, arroyos, o en los lagos o lagunas navegables, excepto las que pertenecen a particulares;

e) el espacio aéreo suprayacente al territorio y a las aguas jurisdiccionales de la Nación Argentina, de conformidad con los tratados internacionales y la legislación especial;

f) las calles, plazas, caminos, canales, puentes y cualquier otra obra pública construida para utilidad o comodidad común;

g) los documentos oficiales del Estado;

h) las ruinas y yacimientos arqueológicos y paleontológicos.

ARTICULO 236.- Bienes del dominio privado del Estado. Pertenecen al Estado nacional, provincial o municipal, sin perjuicio de lo dispuesto en leyes especiales:

a) los inmuebles que carecen de dueño;

b) las minas de oro, plata, cobre, piedras preciosas, sustancias fósiles y toda otra de interés similar, según lo normado por el Código de Minería;

c) los lagos no navegables que carecen de dueño;

d) las cosas muebles de dueño desconocido que no sean abandonadas, excepto los tesoros;

e) los bienes adquiridos por el Estado nacional, provincial o municipal por cualquier título.

ARTICULO 237.- Determinación y caracteres de las cosas del Estado. Uso y goce. Los bienes públicos del Estado son inenajenables, inembargables e imprescriptibles. Las personas tienen su uso y goce, sujeto a las disposiciones generales y locales.

La Constitución Nacional, la legislación federal y el derecho público local determinan el carácter nacional, provincial o municipal de los bienes enumerados en los dos artículos 235 y 236.

ARTICULO 238.- Bienes de los particulares. Los bienes que no son del Estado nacional, provincial, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o municipal, son bienes de los particulares sin distinción de las personas que tengan derecho sobre ellos, salvo aquellas establecidas por leyes especiales.

ARTICULO 239.- Aguas de los particulares. Las aguas que surgen en los terrenos de los particulares pertenecen a sus dueños, quienes pueden usar libremente de ellas, siempre que no formen cauce natural. Las aguas de los particulares quedan sujetas al control y a las restricciones que en interés público establezca la autoridad de aplicación. Nadie puede usar de aguas privadas en perjuicio de terceros ni en mayor medida de su derecho.

Pertenecen al dominio público si constituyen cursos de agua por cauces naturales. Los particulares no deben alterar esos cursos de agua. El uso por cualquier título de aguas públicas, u obras construidas para utilidad o comodidad común, no les hace perder el carácter de bienes públicos del Estado, inalienables e imprescriptibles.

El hecho de correr los cursos de agua por los terrenos inferiores no da a los dueños de éstos derecho alguno.


PREGUNTAS SOBRE BIENES CON RELACION A LAS PERSONAS


¿Cuáles de los siguientes bienes pertenecen al dominio público?

a) El agua, lecho y subsuelo del mar territorial.

b) Las tierras cultivables de la costa.

c) Los bienes inmuebles del Estado.

d) Los edificios históricos propiedad del Estado.


¿Qué se entiende por "mar territorial" según el artículo 235?

a) Solo el agua del océano.

b) El agua, el lecho y el subsuelo del mar hasta la distancia determinada por tratados internacionales y legislación especial.

c) Solo la superficie del mar cercana a la costa.

d) Las aguas internacionales.


¿Qué se incluye dentro de las aguas interiores y marítimas?

a) Solo los ríos navegables.

b) Bahías, golfos, ensenadas, puertos y playas marítimas.

c) Solo los puertos y playas.

d) Solo las aguas que no tienen sal.


¿Cuál de los siguientes cuerpos de agua está considerado bien del dominio público?

a) Un arroyo artificial.

b) Un lago privado.

c) Un río natural y navegable.

d) Un estanque en una propiedad privada.


¿Qué concepto abarca las islas formadas en el mar territorial o en ríos navegables?

a) Solo las que pertenecen al Estado.

b) Todas las islas, sin excepción.

c) Las islas formadas en el mar territorial, zona económica exclusiva y ríos navegables, excepto las que pertenecen a particulares.

d) Las islas pertenecientes a particulares.


¿Cómo se define una playa marítima?

a) Una porción de tierra que la marea cubre durante las más altas mareas normales.

b) Una porción de tierra que la marea cubre durante las más bajas mareas normales.

c) Una porción de tierra que la marea cubre durante las mareas excepcionales.

d) Una porción de tierra que la marea nunca cubre.


¿Qué bienes relacionados con el agua están incluidos en el dominio público?

a) Los ríos, lagos, estuarios y aguas subterráneas.

b) Solo los ríos y lagos.

c) Las aguas subterráneas y los glaciares.

d) Solo las aguas costeras.


¿Qué bienes relacionados con la construcción están incluidos en el dominio público?

a) Las calles, plazas, caminos y cualquier obra pública construida para utilidad común.

b) Los edificios y casas propiedad del Estado.

c) Las viviendas construidas por el gobierno para familias de bajos ingresos.

d) Solo los puentes.


¿Qué áreas se incluyen dentro del espacio aéreo de dominio público?

a) El espacio aéreo por encima de edificios privados.

b) El espacio aéreo sobre el territorio y las aguas jurisdiccionales de la Nación Argentina.

c) El espacio aéreo internacional.

d) Solo el espacio aéreo de las grandes ciudades.


¿Qué bienes construidos por el Estado para utilidad común se consideran parte del dominio público?

a) Sólo los puentes.

b) Las calles, plazas, caminos, canales, puentes y cualquier otra obra pública.

c) Los centros comerciales.

d) Los edificios gubernamentales.


¿Qué tipo de documentos pertenecen al dominio público del Estado?

a) Documentos personales de los ciudadanos.

b) Documentos oficiales del Estado.

c) Documentos comerciales privados.

d) Documentos bancarios.


¿Qué tipo de yacimientos son considerados parte del dominio público?

a) Los yacimientos de petróleo.

b) Las ruinas y yacimientos arqueológicos y paleontológicos.

c) Los yacimientos mineros privados.

d) Yacimientos agrícolas.


¿Qué bienes pertenecen al dominio privado del Estado?

a) Inmuebles que carecen de dueño

b) Bienes muebles abandonados

c) Propiedades adquiridas por particulares

d) Ninguna de las anteriores.


¿A qué se refiere el artículo con "inmuebles que carecen de dueño"?

a) Propiedades abandonadas por sus propietarios.

b) Terrenos o inmuebles sin propietario que pertenecen al Estado.

c) Casas que no tienen inquilinos.

d) Terrenos que no han sido registrados en ninguna propiedad privada.


¿Qué tipo de minas pertenecen al dominio privado del Estado?

a) Minas de cualquier sustancia fósil

b) Minas de oro, plata y cobre

c) Minas de hierro y acero

d) Ninguna de las anteriores.


¿Qué sucede con las cosas muebles de dueño desconocido que no han sido abandonadas?

a) Son destruidas.

b) Pertenecen al Estado, excepto los tesoros.

c) Son puestas a subasta pública.

d) Se distribuyen entre los ciudadanos.


¿Qué sucede con los tesoros que se encuentran en bienes muebles de dueño desconocido?

a) Pertenecen al Estado

b) Pueden ser reclamados por cualquier persona

c) Deben ser vendidos y el dinero se destina a obras públicas

d) Ninguna de las anteriores.


¿Qué tipo de lagos pertenecen al dominio privado del Estado?

a) Todos los lagos que se encuentren en territorio nacional

b) Los lagos que carecen de dueño y no son navegables

c) Los lagos que han sido abandonados por sus propietarios

d) Ninguna de las anteriores


¿Qué bienes adquiridos por el Estado forman parte del dominio privado?

a) Solo los bienes comprados por el Estado nacional.

b) Los bienes adquiridos por el Estado nacional, provincial o municipal por cualquier título.

c) Solo los bienes obtenidos mediante donaciones.

d) Los bienes adquiridos por el Estado por subastas.


¿Qué determina el carácter de los bienes de dominio público o privado del Estado?

a) La Constitución Nacional

b) La legislación federal

c) El derecho público local

d) Todas las anteriores


¿Qué implica el carácter de los bienes públicos del Estado?

a) Son inenajenables, inembargables e imprescriptibles

b) Pueden ser vendidos, hipotecados y transferidos

c) Pueden ser usados y disfrutados por cualquier persona sin restricciones

d) Ninguna de las anteriores


¿Quiénes tienen derecho al uso y goce de los bienes públicos del Estado?

a) Solo los funcionarios públicos

b) Solo los ciudadanos argentinos

c) Cualquier persona sujeta a las disposiciones generales y locales

d) Solo los extranjeros residentes en Argentina


Los bienes que no pertenecen al Estado son de los particulares, ¿verdad o mentira?

a) Verdadero

b) Falso


La propiedad de los bienes que no son del Estado no hace distinción de las personas que tienen derecho sobre ellos, ¿verdad o mentira?

a) Verdadero

b) Falso


¿Existen excepciones a la regla de que los bienes que no son del Estado son de los particulares?

a) Sí, establecidas por leyes especiales.

b) No, siempre son de los particulares.

c) Depende del tipo de bien.


Los bienes de los particulares son inalienables, ¿verdad o mentira?

a) Verdadero

b) Falso


Los bienes de los particulares son inembargables, ¿verdad o mentira?

a) Verdadero

b) Falso


Los bienes de los particulares son imprescriptibles, ¿verdad o mentira?

a) Verdadero

b) Falso


¿Qué restricciones pueden establecer las autoridades en cuanto al uso de aguas de los particulares?

a) Ninguna, los dueños pueden usarlas libremente.

b) Sólo pueden establecer restricciones en caso de sequía.

c) Pueden establecer restricciones en interés público.


¿Qué sucede con las aguas privadas si su uso causa perjuicio a terceros?

a) Los dueños pueden seguir usándolas libremente.

b) Los dueños deben dejar de usarlas.

c) Los dueños pueden seguir usándolas, pero en menor medida.


¿Qué sucede si las aguas constituyen cursos de agua por cauces naturales?

a) Pertenecen a los dueños de los terrenos.

b) Pertenecen al Estado como bienes públicos.

c) Pueden ser usadas libremente por cualquier persona.


¿Qué derechos tienen los dueños de los terrenos inferiores por donde corren los cursos de agua?

a) Tienen derecho a usar el agua como les plazca.

b) No tienen derecho alguno sobre el curso de agua.

c) Tienen derecho a controlar y gestionar el curso de agua.

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